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Verifactu para Hoteles y Alojamientos Turísticos: La Guía Definitiva para 2026

Descubre qué es Verifactu (Veri*Factu), a quién afecta en el sector turismo (hoteles, casas rurales, VUTs) y cómo adaptar tu sistema de facturación antes de 2026. Te explicamos la nueva normativa de facturación y cómo evitar sanciones.

Turismo sostenible, 2026, variedad de destinos naturales

Si gestionas un alojamiento turístico, es probable que hayas oído tambores de guerra regulatorios. Se llama “Verifactu” o “Veri*Factu”.

Y quizás has pensado: “¿Otra vez? ¿Otra ley más? ¿Más burocracia?”.

Es normal sentirse así. Entre la gestión de viajeros, las OTAs, la limpieza y la atención al cliente, lo último que necesitas es un nuevo dolor de cabeza tecnológico y legal.

Pero respira.

Aunque Verifactu es un cambio importante, no es el fin del mundo. De hecho, es una oportunidad para modernizar tu gestión y dejar atrás procesos que te roban tiempo.

En ALODA, nuestra misión es simplificar tu día a día. Así que hemos desgranado esta nueva normativa para ti, en lenguaje claro y directo, centrándonos en lo que realmente te afecta como propietario de un hotel, una casa rural o una VUT.

Vamos al lío.

¿Qué es Exactamente Verifactu? (Y por qué no es solo “otra ley más”)

Para entender Verifactu, primero hay que entender el “por qué”.

Todo nace de la Ley 11/2021, la famosa ley de “medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal”. El objetivo de Hacienda es simple: acabar con el “software de doble uso” o “cajas B” que permiten alterar la contabilidad.

Para hacer esto operativo, se publicó el Real Decreto 1007/2023, que es el reglamento técnico que deben cumplir todos los programas informáticos que emiten facturas.

Aquí es donde te afecta a ti.

La ley exige que cualquier sistema informático de facturación (SIF) garantice la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros.

En resumen: tu software de facturación debe ser una “caja negra” que no permita borrar ni modificar facturas emitidas. Si te equivocas, deberás emitir una factura rectificativa, pero la original incorrecta debe quedar registrada.

La Gran Confusión: ¿”SIF” o “VERI*FACTU”?

Aquí viene la parte clave que muchos confunden.

Todos los sistemas informáticos de facturación (SIF) deberán cumplir este reglamento. Pero la ley ofrece dos modalidades para hacerlo:

  1. Sistemas SIF (La opción estándar): Simplemente, tu software (tu PMS, tu TPV, tu programa de facturación) cumple con todos los requisitos de inalterabilidad y trazabilidad. Genera los registros correctamente y los almacena de forma segura. No envía automáticamente nada a Hacienda, pero tiene todo listo y en formato legal por si tienes una inspección.
  2. Sistemas VERI*FACTU (La opción “conectada”): Esta es una modalidad opcional. Tu software, además de cumplir todo lo anterior, envía automáticamente cada registro de factura a la Agencia Tributaria (AEAT) en el momento de emitirla. A cambio, Hacienda te devuelve un código que puedes incluir en la factura, y tus clientes pueden verificar su validez.

¿Qué significa esto para ti? Que no estás obligado a enviar todas tus facturas a Hacienda en tiempo real, pero sí estás 100% obligado a que el software que uses para facturar cumpla con el nuevo reglamento.

¿Estoy Afectado? La Verdad sobre Verifactu para Alojamientos Turísticos

Vamos a ser directos. Si usas cualquier programa informático para emitir facturas (completas o simplificadas), te afecta.

La normativa verifactu para turismo es amplia e incluye a casi todos:

  • Hoteles, hostales y pensiones.
  • Alojamientos rurales y casas rurales que emitan factura por estancia.
  • Viviendas de Uso Turístico (VUTs) que facturen con IVA (por ejemplo, si ofreces servicios de hostelería) o que simplemente usen un software para emitir facturas a sus huéspedes.
  • Restaurantes, bares y cafeterías de hoteles o casas rurales que usen un TPV.
  • Balnearios y Spas que facturen servicios.
  • Empresas de turismo activo, guías o rutas que facturen sus servicios.
  • Agencias de viajes, aunque su régimen sea especial.

Básicamente, si en tu negocio se pulsa un botón en un ordenador, tablet o TPV para generar un ticket o una factura, ese sistema debe estar adaptado.

El Peligro Oculto: “¿Y si facturo con Excel o Word?”

Aquí es donde muchos pequeños propietarios pueden caer en la trampa.

“Yo no tengo un programa de facturación, solo uso una plantilla de Excel (o Word, o Google Docs) y la guardo en PDF”.

Malas noticias: esto NO cumple la normativa.

Hacienda es explícita: los programas ofimáticos (como Excel o Word) no garantizan por sí solos la integridad, trazabilidad e inalterabilidad de los datos.

Usar Excel para facturar después de la fecha límite es comprar papeletas para una sanción. El reglamento te obliga a usar un software que sí esté diseñado para esto.

¿Quién SÍ se libra (por ahora)?

La única excepción real es el propietario que emite facturas 100% manuales. Es decir, con un talonario de papel pre-impreso, escrito a bolígrafo, y sin usar ningún sistema informático para ello.

Sinceramente, en 2025, seguir con un talonario de papel es una forma de gestión que te roba un tiempo valiosísimo. La propia ley te está empujando a digitalizarte.

Fechas Clave: ¿Cuándo Entra en Vigor Verifactu?

Esto no es para “el año que viene”. Es para ya. Los plazos son muy justos.

Apunta estas fechas, porque son cruciales:

  • 1 de julio de 2025: A partir de este día, todos los desarrolladores y proveedores de software (como KrossBooking, que usamos en ALODA, o cualquier otro PMS, TPV o programa de facturación) SÓLO pueden vender programas que estén adaptados a esta ley.

El consejo de ALODA: No esperes a 2026. Los proveedores de software estarán saturados. Empieza a moverte ahora.

El Plan de Acción: Cómo Adaptar tu Hotel o Casa Rural (Paso a Paso)

No te agobies. Adaptarse es más sencillo de lo que parece si sigues un orden.

Paso 1: Audita tu Sistema Actual (Sé sincero) ¿Cómo facturas HOY?

  • ¿Con un PMS (Property Management System) como KrossBooking, Mirai, etc.?
  • ¿Con un TPV en el restaurante?
  • ¿Con un software de facturación genérico (tipo Factusol, Holded, Quipu…)?
  • ¿Con un plugin de facturación en tu web (WooCommerce)?
  • ¿Sigues usando Excel o Word? (Mal 🚩).
  • ¿Con talonario de papel? (OK, pero considera modernizarte).

Paso 2: Habla con tu Proveedor (¡EXIGE!) Este es el paso más importante. Llama, escribe o abre un ticket a tu proveedor de software (sea PMS, TPV o lo que sea) y hazle LA pregunta:

«Hola, necesito saber si vuestro software cumple con los requisitos del Real Decreto 1007/2023 y si me vais a facilitar la Declaración Responsable que lo acredita.»

Paso 3: Pide la “Declaración Responsable” El proveedor está obligado a darte un documento oficial, una “Declaración Responsable”, que certifique que su programa cumple la ley.

Ese papel es tu salvavidas. Guárdalo bien. Si tienes una inspección, eso es lo que demostrará que has hecho los deberes.

Paso 4: ¿Y si uso WordPress y WooCommerce? Si tienes una web en WordPress que emite facturas automáticamente (por ejemplo, para la venta de experiencias o productos), debes asegurarte de que el plugin que genera esas facturas (ej. “WooCommerce PDF Invoices” o similar) esté adaptado al reglamento español. Habla con tu desarrollador web.

Paso 5: Si usabas Excel… ¡Migra ya! Si estás en el grupo de Excel, Word o similar, tienes que tomar una decisión: contratar un software de facturación que cumpla, o (mejor aún) implementar un PMS que integre la facturación y te resuelva esto y mil cosas más.

¿Qué Pasa si NO me Adapto? (Las Sanciones de Verifactu)

Hacienda no se anda con bromas en esto.

Las sanciones son duras, porque no solo multan al que no lo usa, sino también al que lo vende.

  • Para ti, el hotelero: Si usas un software que no cumple (o peor, un Excel), te enfrentas a una infracción tributaria. Las multas pueden ser de decenas de miles de euros por ejercicio.
  • Para el desarrollador/proveedor: Si te venden un software que no cumple a partir de julio de 2025, ellos se enfrentan a multas de hasta 150.000 €.

Como ves, el riesgo es demasiado alto. No merece la pena jugársela por seguir anclado en un sistema obsoleto.

Preguntas Frecuentes (FAQ) sobre Verifactu en Hoteles

Hemos recopilado las dudas más comunes que nos llegan de nuestros clientes.

La Oportunidad Oculta tras Verifactu

Sabemos que cualquier cambio normativo da pereza.

Pero míralo de otra forma: esta ley es la excusa perfecta para modernizar tu negocio.

Es la oportunidad de:

  • Dejar de una vez por todas el Excel o el talonario de papel.
  • Implementar un sistema (como un buen PMS) que no solo te solucione la facturación, sino que también te automatice las reservas, el channel manager y la comunicación con el cliente.
  • Tener un mejor control de tu negocio, con menos errores y de forma más profesional.

En lugar de verlo como un gasto, velo como la inversión definitiva para dejar de hacer tareas manuales que te roban horas cada día.

Conclusión: No dejes Verifactu para Mañana

El resumen de verifactu para hoteles y verifactu para alojamientos es sencillo:

  1. Si usas software para facturar (PMS, TPV, etc.), contacta a tu proveedor y pídele la “Declaración Responsable” que certifique que cumple con el RD 1007/2023.
  2. Si usas Excel, Word o un programa antiguo, debes cambiar a un software adaptado antes del 1 de enero de 2026 (o 1 de julio si eres autónomo).
  3. No es opcional. Las sanciones son muy elevadas.

¿Te sientes abrumado con este cambio? Es completamente normal.

En ALODA, nos dedicamos precisamente a esto: a encontrar y configurar la tecnología hotelera que te hace la vida más fácil. Trabajamos con sistemas PMS como KrossBooking que, por supuesto, están 100% adaptados a esta y todas las normativas vigentes.

Así tú puedes dedicarte a lo que de verdad importa: crear experiencias inolvidables para tus huéspedes, no a pelearte con el papeleo y la burocracia.

Si quieres asegurarte de que tu alojamiento cumple con la normativa y, de paso, automatizar tu gestión para ganar tiempo y reservas, estamos aquí para ayudarte.

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